DICTAMEN 5/1998

DEL Consejo Económico y Social de Canarias, PRECEPTIVO,
SOLICITADO POR EL GOBIERNO DE CANARIAS,
SOBRE EL PLAN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES DE CANARIAS.

Aprobado en sesión del Pleno del Consejo de fecha 17 de diciembre de 1998.

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III. OBSERVACIONES AL PLAN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES DE CANARIAS.

1. Observaciones de carácter previo.

1.1. El CES ha venido señalando con una cierta reiteración, preferentemente en sus Informes Anuales sobre la situación económica, social y laboral de Canarias, y también con ocasión de pronunciarse en torno a otros proyectos de Planes y Programas específicos en materia de política social, la conveniencia de que se procediera a la formulación, por parte del Gobierno de Canarias, de un MARCO PREVIO que sirviera de REFERENCIA a las ADMINISTRACIONES Y AGENTES en MATERIA DE INTERVENCIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES. Así, sólo por citar alguna de estas observaciones, el Consejo Económico y Social incluía en las recomendaciones del INFORME ANUAL sobre 1994, lo siguiente:

"19.- El bienestar social y la calidad de vida no pueden ser considerados de manera unidireccional observando aisladamente cada uno de sus componentes (económico, sanitario, educacional, etc...), sino más bien como el equilibrio en el desarrollo conjunto de todos ellos, lo que exige contemplar la política social como un conjunto de medidas coherentes, coordinadas e integradas. El CES valoraría como altamente positivo que la política social de la Comunidad Autónoma se diseñara con una visión amplia e interrelacionada, más que como un conjunto de acciones aisladas de efectos dudosos en el medio y largo plazo.

20.- La base demográfica de Canarias juega un papel determinante en la caracterización del problema social. El crecimiento de la población, los cambios en su estructura y la distribución de los asentamientos en el territorio constituyen una dimensión ineludible para la planificación de los servicios públicos. La sensibilidad a este hecho lleva ya a la continua referencia a los "mapas" de población, sanitario, de servicios sociales, etc."

En este mismo Informe Anual, el Consejo llamó la atención sobre la,

"... deficiente coordinación entre los distintos niveles de la Administración actuantes en materia social que adquiere especial relevancia en los aspectos relacionados con la protección social, siendo necesario un esfuerzo conjunto entre la Comunidad Autónoma, los Cabildos y los Ayuntamientos para afrontar y resolver este problema, que se agrava por la excesiva lentitud con que son tramitadas algunas de las ayudas básicas concedidas y por la escasa dotación de centros en las islas menores."

Sobre estas ideas básicas de la conveniencia de aunar, integrar y coordinar criterios de planificación entre los agentes intervinientes, insistió el CES en el INFORME ANUAL sobre 1995:

"La protección social se enfrenta en sistemas de referencia y a finales del siglo XX, a una situación difícil debido a la necesidad de reducir los déficits públicos y a la creciente demanda de recursos hacia las prestaciones sociales. Por ello, son prioritarias las labores de sensibilización social acerca de la importancia de la protección social, así como fomentar las tareas de planificación y coordinación a fin de incrementar la eficiencia en la utilización de los recursos disponibles.

El papel asignado a los poderes públicos en una sociedad democrática avanzada conlleva la atribución, también a los servicios sociales públicos, del desempeño de una función decisiva en garantía de los niveles mínimos garantizables de protección social a la población, y ello desde la triple perspectiva de: prevenir adecuadamente las situaciones carenciales y conflictivas; rehabilitar y/o promocionar a individuos o colectivos situados en desventaja frente al resto de la sociedad; y, por último, disponer los mecanismos de alivio y/o mantenimiento. Desde el punto de vista del CES, es obvia la conveniencia de configurar un sistema público coordinado e integrador donde además, como es el caso de la Comunidad Autónoma de Canarias, converge un triple nivel de actuación: Administración Central, Gobierno Regional y Corporaciones Insulares y Locales.

1.2. Desde muy diversos ámbitos relacionados con la lucha contra los fenómenos de exclusión y pobreza, o con los de otras políticas específicas de intervención social, se ha venido comprobando en los últimos años la conveniencia y oportunidad de promover respuestas integrales, ofreciendo mecanismos de intervención coordinados e integrados, y participados de una visión interdisciplinar y transversal a los nuevos fenómenos asociados a las situaciones sociales sobre las que se trata de intervenir. Desde este punto de vista, el CES reclama no olvidar tampoco la importancia de un componente que estimamos requiere cada vez mayor atención: habilitar cauces de solidaridad y participación ciudadana como elementos esenciales para facilitar una correcta articulación entre los efectos deseados por el sistema de técnicas y recursos de intervención social y la aproximación a la sociedad de los destinatarios de aquellas medidas.

1.3. Además el CES en estas preliminares observaciones sobre el Proyecto de Plan General de Servicios Sociales de Canarias manifiesta que: el actual momento del ciclo económico debe facilitar la búsqueda e instauración consensuada de condiciones mínimas para el sistema de protección social, compatibles con los requisitos de la competitividad, al objeto de salvaguardar, precisamente, un modelo de sociedad solidaria, y todo ello con la suficiente flexibilidad para adaptarnos a las circunstancias del futuro. Ello hace necesaria y estrecha aun más, la conexión entre política económica y política social, aumentando el nivel de corresponsabilidad de agentes sociales a la hora de fomentar un entorno de estabilidad para el crecimiento económico, la competitividad, el empleo y la defensa de la protección social de nivel adecuado.

1.4. El Consejo Económico y Social, en esta misma línea, ha venido sosteniendo la conveniencia de apostar decididamente por situar los esfuerzos por adaptar e integrar el Sistema Público de Protección Social en Canarias en el contexto de las estrategias para el crecimiento del empleo: potenciar la capacidad de creación de puestos de trabajo para una proporción cada vez mayor de la población en activo, reduciendo por tanto el índice de dependencia, es de vital importancia para la continuidad de los sistemas de, específicamente, protección social. El Consejo apuesta, consiguientemente, porque se avance en la consecución de una mayor sensibilización sobre la política social como factor productivo.

En este contexto se hace, consecuentemente, necesario disponer de un "... instrumento de orientación, a través del cual las diversas instituciones, entidades y ciudadanos puedan conocer las obligaciones y responsabilidades que propone, para el conjunto de las Administraciones Públicas Canarias y, por tanto, asume para sí mismo el Gobierno de Canarias, en una materia de especial sensibilidad para la convivencia y la calidad de vida de todos quienes habitan en el archipiélago ...".

Con esta pretensión básica se nos presenta el Proyecto de Plan que se dictamina.

2. Observaciones de carácter general.

2.1. El Proyecto de Plan General de Servicios Sociales de Canarias presenta como una de sus notas definitorias recogida en uno de sus criterios generales, el de Integración de sus estructuras en un único sistema, el carácter de gestión indelegable de las vías de acceso a las prestaciones que prevén los Servicios Sociales Comunitarios. El Consejo hace una valoración positiva de ese propósito que aspira a constituirse como un elemento de interés estratégico en el propio sistema de Servicios Sociales Públicos. En opinión del Consejo, habría que extender los mecanismos de control y de seguimiento hasta allí donde pudieran concertarse mecanismos de colaboración con instituciones privadas, con o sin ánimo de lucro. Aspecto este último que, entendemos, queda suficientemente recogido, al menos en lo que a su postulación teórica se refiere, en otros de los criterios generales rectores del Proyecto de Plan, el de, responsabilidad pública.

2.2. Canarias está inmersa, afortunadamente, en el contexto de la Unión Europea, donde el fenómeno globalizador en sus aspectos económicos y sociales se expresa con garantías de mantenimiento de las conquistas del Estado del Bienestar, y en circunstancias predeterminadas por el encaje del sistema autonómico en el marco constitucional. Es absolutamente evidente el problema de la dependencia presupuestaria que afecta a la mayoría de las medidas adoptadas en el marco de los actuales sistemas prestacionales de Servicios Sociales. Ello convierte al Gobierno y conjunto de las Administraciones Públicas Canarias en protagonistas que se suman al elenco de instituciones en competencia y cooperación en el marco europeo (y mundial) en la importante tarea de consolidar y trasladar a escala territorial canaria las conquistas y realizaciones del Estado de Bienestar. El Consejo Económico y Social opina que es, justamente, en este ámbito de bienestar social, probablemente junto al de promoción económica y desarrollo de los potenciales endógenos territoriales, donde se deba adquirir una posición central por parte del sistema público, ello otorgaría al sector público en la comunidad canaria un protagonismo indiscutible.

2.3. No obstante, entre la centralización pública de la gestión y aplicación de las políticas sociales, y la transferencia a los mecanismos de mercado para la provisión de las necesidades que aquellas políticas cubren, el CES apuesta por que se constituya un modelo de colaboración que aproveche las ventajas de cada uno de estos modelos y que debe admitir algunas premisas esenciales: la intervención pública debe constituir la garantía de redistribución de los recursos para garantizar, también, la protección de los derechos sociales de todos los ciudadanos, tanto de los que pueden valerse por si mismos mediante sus rentas de trabajo o de cualquier tipo, como de los que no pueden por carecer de recursos y que están situados en desigualdad. Además es la intervención pública la que habrá de garantizar los principios de universalidad, igualdad y equidad en la atención de los derechos sociales

2.4. El Plan General de Servicios Sociales, resultado de una decisión política, debe construir sus contenidos a partir de un valor preeminente: el de responsabilidad pública universal para la satisfacción de unas necesidades predefinidas, desde el punto de vista político, como derechos subjetivos sociales de las personas. El Consejo Económico y Social opina que la búsqueda de mayor y mejor rendimiento del sistema de Servicios Sociales no puede implicar procesos de reducción de servicios. Por el contrario, el Consejo apuesta por la extensión y actualización permanente de los servicios públicos, atendiendo a la aparición de nuevas demandas reclamadas desde el tejido social. Esta búsqueda de la universalización de los servicios sociales implicaría necesariamente el desarrollo de instituciones de economía social en el contexto, tantas veces citado por el Consejo, de propiciar la implantación de fórmulas que han demostrado eficiencia en la prestación de los servicios y que además tienen gran capacidad de creación de empleo cualificado. Estas y otras fórmulas deben orientarse por los poderes públicos hacia la búsqueda de mayor y mejor rendimiento del sistema y hacia la consecución de un mayor grado de legitimación social.

2.5. A propósito de la concurrencia con el esfuerzo público de la iniciativa privada en el sistema, preferentemente lo que se refiere a las actuaciones del voluntariado social, el CES ha venido sosteniendo la conveniencia de que, aún valorando positivamente, las actividades de voluntariado como conjunto de actuaciones de carácter benéfico y gratuito en favor de parte de la comunidad, especialmente de los sectores más necesitados y como consecuencia, esencialmente, de la expresión de valores constitucionales y estatutarios como los de la solidaridad social y la participación, estas fueran actuaciones complementarias y no sustitutivas respecto del trabajo realizado por profesionales de la acción social.

El voluntariado y la beneficencia han sido frecuentemente criticados como el intento de perpetuar determinados aspectos relacionados con la ideología caritativa frente a la afirmación de los derechos sociales de los ciudadanos. Tal crítica es necesaria en lo que tiene de recordatorio de que el conjunto de las Administraciones Públicas no pueden desresponsabilizarse de la gestión de los problemas sociales de los ciudadanos de quienes depende. Pero habiendo establecido esta primacía pública en la gestión de la solidaridad, en nuestra opinión, debe sin embargo estimularse la iniciativa de la sociedad civil en el tratamiento de sus propios problemas. Y no solo por una cuestión de recursos, sino por lo que tiene de reconocimiento e impulso de valores de ciudadanía y responsabilidad colectiva, valores en torno a cuya importancia ha venido refiriéndose el CES en reiteradas ocasiones.

3. Observaciones de carácter particular.

3.1. Dentro del tratamiento que el Proyecto de Plan General hace respecto de los Servicios Sociales Especializados y/o Sectoriales, el CES advierte de la omisión de determinadas intervenciones de este tipo de servicios especializados respecto de colectivos y/o situaciones que deberían tener encaje en el sistema que prevé el Proyecto de Plan. Así, en el contexto que establece la Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales, ni a la prevención de la delincuencia y reinserción social de ex-internos, se dedican actuaciones específicas. Por otra parte, la propia Ley de Servicios Sociales de Canarias establece la posibilidad de crear cualquier otro servicio especializado que se considere necesario, en este sentido el Consejo propone se constituyan servicios sociales especializados de inmigrantes en atención a la existencia de una problemática social muy específica.

3.2. Minusválidos.- En relación a este sector, en opinión del Consejo, se debería profundizar, junto a la identificación y cuantificación del colectivo afectado, en el conocimiento de sus necesidades y demandas. A este respecto, sería conveniente concretar el diagnóstico sobre la asistencia sanitaria y la rehabilitación como necesidad prioritaria de la población con discapacidades y minusvalías.

Convendría tratar temas que sin aparecer como prioritarios a nivel general deberían ser atendidos: vivienda, empleo, formación profesional y ocupacional, ayudas técnicas, accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas. Desde otro punto de vista, el CES expresa su preocupación por el escaso nivel de ocupación en nuestra Comunidad de personas con discapacidad, y en relación a la población general en edad laboral.

Hay un aspecto en el que el Consejo quiere hacer una especial observación, y es la ausencia, a este respecto, de la fijación de unos criterios sobre coordinación funcional y planificación conjunta de la atención a la salud mental en Canarias, cuya situación describe la inexistencia de un Plan Regional de Salud Mental, ausencia de coordinación entre los diferentes dispositivos asistenciales, inexistencia de recursos especializados, falta de programas de atención infanto-juvenil, de atención psicogeriátrica y psiquiatría penal.

3.3. En relación al consumo de las distintas sustancias tóxicas en la Comunidad Autónoma de Canarias, el CES propone se complementen las campañas de información con los aspectos de sensibilización y formación. En lo que respecta a los criterios generales, en opinión del Consejo, se debería establecer uno más, dirigido a la creación de un marco jurídico donde la drogodependencia sea considerada como enfermedad para una mejor estrategia terapéuticas en los niveles primarios de prevención, secundarios asistenciales y terciarios de inserción socio-laboral.

A propósito de las que se nos presentan como premisas básicas en el diseño de programas se propone sustituir, complementándola, la de, metodología de la planificación y desarrollo por la de metodología específica en la planificación integral y comunitaria.

En el punto sobre la atención a las personas con problemas de drogas, concretamente donde se establece la metodología de intervención de los servicios sociales en el punto que versa sobre el análisis y reconocimiento del problema, se propone añadir "estudio epidemiológico". En el punto sobre ayuda para el restablecimiento individual, familiar y social, añadir "y laboral".

En cuanto a los objetivos para la prevención del consumo de drogas, concretamente punto tercero, añadir después de organizaciones no gubernamentales, el texto siguiente: "... y sociales en general".

Se propone dentro del punto de prevención, un cuarto, tendente a abrir vías de actuación e información entre los centros de enseñanza y los de servicios sociales, con vistas al fomento de la comunicación y crear vínculos en actuaciones concretas en relación a los menores, sus familias y la comunidad.

En los objetivos relativos a la intervención con personas con problemas de drogas, promover la coordinación entre los Centros de Salud y los Centros de Servicios Sociales con vistas a realizar actuaciones conjuntas y con criterios de integralidad. En relación a la incorporación social del drogodependiente los objetivos adolecen de coordinación entre las distintas administraciones públicas que en cada caso se aluden.

En relación a las medidas propuestas y en concreto con el protocolo para la actuación conjunta con la red específica de atención al drogodependiente, se hace además necesario éste para el resto de las administraciones públicas para avanzar y profundizar en el camino hacia la integralidad de las actuaciones en esta materia, como así pueda ser en el caso de los centros de salud y de los centros de enseñanza.

Por otro lado, se echan de menos la promoción de pisos tutelados para este sector, encaminados a la integración en la comunidad de estas personas así como los programas de integración social específicos desde los servicios sociales comunitarios, labor que puede desarrollarse en una actuación conjunta con otras áreas municipales interdepartamentales (educación, sanidad, etc...).

IV. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES.

  1. Para el CES la correcta articulación del sistema de Servicios Sociales en Canarias debe sostenerse en el principio, que valoramos de absoluta relevancia, de la calificación de la actividad como servicio público, en correspondencia con las exigencias y principios, también, de un Estado Social y Democrático de Derecho. Planteamiento que, también afirmamos, prescinde de cualquier consideración en torno al sujeto titular de las concretas prestaciones o servicios.

  2. Este principio, que situamos en el vértice argumental del sistema, alude a lo conveniente e indispensable del diseño de un sistema integral y global, desde determinados parámetros jurídicos y funcionales referidos a los aspectos sustanciales del sistema de servicios públicos: Desde nuestro punto de vista, responsabilidad pública no debe asimilarse a actividad exclusiva por parte del sector público para la consecución de los objetivos del sistema ni para, en definitiva, la satisfacción de la "demanda" o necesidades advertidas.

  3. El esfuerzo público asume responsabilidades actuando directamente pero también apoyando mecanismos comunitarios de creación de bienestar y/o generando, reconociendo o impulsando dinámicas que generan relaciones cooperativas entre el sector público y el privado. En opinión del Consejo Económico y Social, debe evitarse la tendencia desmotivadora o de desresponsabilización tanto como su tendencia contraria, la de la exclusividad pública en la "prestación" del bienestar social. El conjunto de las administraciones públicas deben tomar conciencia de su insuficiencia en el actual contexto globlalizador y asumir, consecuentemente, el papel de agente coordinador e impulsor para la configuración de estrategias que aúnen esfuerzos privados y públicos. En la base de todo ello, la certeza de que el mercado, como promotor del crecimiento económico no puede garantizar una eficiente distribución del bienestar social.

  4. En opinión del CES, no se admitiría, por imposible, la desarticulación del sistema de servicios sociales construido alrededor de esa idea previa: la calificación de servicio público de la actividad sobre la que incide. El sistema de Acción Social surge, en consecuencia, por el expreso reconocimiento de un derecho de marcado carácter social: el mantenimiento de un mínimo vital sin el cual un Estado Social y Democrático de Derecho carecería de proyección real en la sociedad. Igualmente consideramos de absoluta relevancia la predeterminación de unos estándares de calidad en los niveles de prestación de los servicios con independencia del sujeto titular del mismo o de su gestión, lo que se traduce en determinadas exigencias de orden técnico y de medios personales y materiales.

  5. El CES expresa una valoración positiva, en términos generales, del esfuerzo que incluye el Plan por dotar al sistema público y concertado de servicios sociales en la comunidad canaria de principios vertebradores e integradores. A este respecto también advertimos sobre la conveniencia de que dicho Plan, en lo que tiene de expresión de la voluntad del Gobierno de Canarias, de buscar la convergencia en torno a aquel de determinadas políticas sectoriales, sea el producto resultante del consenso de los agentes sociales y fuerzas políticas. Ello ampliaría, desde luego, la propia legitimidad de los objetivos perseguidos por el Plan como conjunto de opciones técnicamente sostenibles y de amplia base social.

  6. La misión principal del Plan General de Servicios Sociales -o de política social- sería promover la cohesión social de la comunidad canaria mediante la práctica de políticas sociales esencialmente integradoras, con expresión universal y a través de específicos programas sectoriales con visión transversal y de responsabilidad pública y garantía de los derechos sociales: facilitar la creación de redes públicas no únicas (educativas, sanitarias, sociales) que compartan criterios de acceso y condiciones de prestación.

  7. En relación a las previsiones que establece el Proyecto de Plan General de Servicios Sociales para facilitar la eventual repercusión de determinados costes de los servicios a los usuarios, el CES señala que ello sólo podría explicarse desde la conveniencia y oportunidad de no distorsionar el principio de progresividad propio del sistema contributivo y fiscal.

  8. La Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales, emplaza al Gobierno de Canarias a la elaboración de un Plan General de Servicios Sociales. Han tenido que transcurrir más de 10 años para que pueda disponerse del Proyecto de Plan General. No puede decirse que los distintos ejecutivos que se han sucedido hasta la fecha hayan adoptado una posición al respecto acorde con el significado que tiene la formulación de un Plan de las características del señalado, que debe aspirar a constituirse como instrumento vertebrador de los distintos niveles de intervención en la materia en Canarias, donde existen importantes desajustes y desequilibrios territoriales y donde, además, hoy nos encontramos con una serie de planes sectoriales formulados sin ese conjunto de referencias iniciales. En opinión del CES lo razonable hubiera sido, justamente seguir el proceso contrario, y, en cualquier caso, debemos resaltar aún en esta fase inicial de redacción del Proyecto de Plan General la ausencia de un diagnóstico general sobre la situación de los servicios sociales en nuestra Comunidad.

  9. El Consejo Económico y Social, opina, asimismo, que el conjunto de medidas incluidas en los servicios sociales especializados deberían afrontar la conveniencia de incluir, como propuesta específica, la creación de líneas específicamente orientadas al tratamiento del fenómeno de la inmigración que incluirían campañas públicas de concienciación ciudadana dirigidas a la promoción de los valores de solidaridad y ciudadanía y que propiciaran el acercamiento a esa realidad desde el presupuesto básico del respeto a la diferencia y a la diversidad multiétnica y cultural. El objetivo perseguible sería la unificación de la política social con inmigrantes y la homologación de los inmigrantes en el acceso a los servicios sociales.

  10. A propósito de lo recogido en el Proyecto de Plan General de Servicios Sociales sobre la conveniencia de contar con buenos mecanismos que ayuden a constatar la dimensión exacta de las realidades sobre las que habrán de operar los distintos instrumentos sectoriales, el CES insiste en la propuesta ya incluida en nuestro dictamen sobre el que fue el Proyecto de Plan de Integración Social contra la Pobreza y la Exclusión Social en Canarias, de establecer junto a mecanismos o criterios de evaluación que permitan establecer objetivos operativos determinables temporal, espacial y económicamente, indicadores de aproximación a los medición del Bienestar Social, el reparto de la riqueza y la calidad de vida en Canarias. La determinación del nivel de bienestar social debe ser un objetivo alcanzable y una prioridad política aún admitiendo las dificultades de tal determinación. En opinión del CES, a la hora de abordar las distintas situaciones a las que se dirigen los servicios sociales, es fundamental conocer la realidad exacta sobre la que se pretende actuar, dotarnos a nivel de Canarias de unos mecanismos como los indicadores que reclamamos pueden ser de ayuda además, para acercarnos a la dimensión insular de los fenómenos asociados a la intervención de los Servicios Sociales, lo que, al fin, facilitaría con la puesta en marcha del Plan General la articulación de los distintos Planes Insulares de Servicios Sociales.

  11. Es necesario el establecer unos mecanismos o criterios de evaluación claros y concretos, para este deberá de establecerse unos objetivos operativos que han de ser cuantificados considerando los períodos de tiempo precisos para ser alcanzados añadiendo una descripción del proceso de evaluación y una estimación de los recursos que se consumirán. No debe caerse en los mismos errores que en otros planes y elaborar un sistema de evaluación más estricto. Cuantificar los objetivos para que exista un compromiso de consecución, así como de conocimiento en todo momento de la posible desviación de los medios o no respecto a los fines. Por otra parte es indispensable acompañar al Plan de un método de evaluación que permita hacerlo público desde el momento de gestación de cualquier plan o proyecto social. De otra manera quedará este Plan en una mera declaración de fines y propósitos. Tiene que existir una indicación precisa de los medios para alcanzarlos y una asignación de los recursos financieros a cada objetivo o medida (disponibilidad financiera).

  12. Hay actividades que potencialmente se postulan hoy como susceptibles de crear empleo: las ocupaciones relacionadas con la inserción o cuidado de grupos sociales con dificultades como servicios para personas mayores o ancianos, atención a niños pequeños en situación de fragilidad social, asistencia a domicilio, salud y medicina preventiva, problemas específicos de tipo familiar relacionados con la extensión de nuevas técnicas quirúrjico-sanitarias como la de los transplantes de órganos.

En opinión del CES, habrá que apostar desde las Administraciones Públicas por establecer mecanismos de incentivación para el establecimiento de ese potencial mercado de trabajo, en la línea ya expuesta por este Consejo de aportar valor productivo a las Políticas Sociales. A este respecto el CES insiste en la conveniencia de que se facilite el desarrollo de las instituciones de economía social, idea a la que ya hemos aludido con anterioridad. Ello contribuiría además, a racionalizar los costes en el sector, bastantes ajustados en el momento actual y orientado, a veces, a una perniciosa y abusiva utilización del voluntariado y a una precarización de las condiciones de trabajo. En cualquier caso, en la línea expuesta, nuestra principal afirmación es la de velar por el mantenimiento del principio de actuación pública en la actividad y, en todo momento, el garantizar desde esta instancia los estándares de calidad y eficiencia.